¿Se posterga la Ley 21.719 a 2027?
Respuesta corta
No está postergada. El Gobierno ingresó el 1 de septiembre de 2026 un proyecto (boletín 18.623-07) que propone mover la vigencia de la Ley 21.719 al 1 de diciembre de 2027, pero a fines de septiembre de 2026 seguía en primer trámite en el Senado. Mientras no sea ley, rige el 1 de diciembre de 2026.
En concreto:
- Qué propone: Cambiar el artículo primero transitorio para fijar la vigencia el 1 de diciembre de 2027.
- Consejo Directivo: Amplía el Consejo de la Agencia de tres a cinco integrantes y sube a tres el quórum para sesionar (artículo 30 quáter).
- Amonestación: Extiende a todos los responsables la amonestación escrita del primer año, hoy reservada a empresas de menor tamaño (artículo sexto transitorio).
- Lo que no cambia: Las obligaciones, los derechos de los titulares y los montos de las multas (artículo 35).
Para darla por hecha, la postergación tiene que aprobarse en ambas cámaras y publicarse en el Diario Oficial.
Fuentes: Ley 21.719 (artículo primero transitorio), Biblioteca del Congreso Nacional, y boletín 18.623-07, Senado de Chile; texto de la Ley 21.719 publicado en el Diario Oficial el 13 de diciembre de 2024 (edición 44.023, CVE 2583630).
Contenido informativo. No constituye asesoría legal; para su caso, consulte con un abogado habilitado.
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