¿Qué dice el proyecto de ley que posterga la Ley 21.719?
Respuesta corta
El proyecto del Ejecutivo, boletín 18.623-07, tiene un artículo único y dos disposiciones transitorias. Propone que la Ley 21.719 rija desde el 1 de diciembre de 2027, amplía el Consejo Directivo de la Agencia a cinco consejeros, ajusta su designación y permite amonestar por escrito a cualquier responsable durante el primer año.
En concreto:
- Vigencia: Reemplaza el artículo primero transitorio y fija el 1 de diciembre de 2027.
- Consejo Directivo: De tres a cinco consejeros, renovación parcial cada dos años y quórum de tres (artículo 30 quáter).
- Designación: Primera designación a más tardar doce meses antes de la vigencia y remuneración desde el nombramiento (artículo cuarto transitorio).
- Amonestación: Suprime la referencia a empresas de menor tamaño del artículo sexto transitorio, para aplicarla a todos.
Es un proyecto: su texto puede cambiar durante la tramitación y no obliga hasta ser publicado como ley.
Fuentes: Mensaje N.º 110-374, boletín 18.623-07, Senado de Chile, y Ley 21.719, Biblioteca del Congreso Nacional; texto de la Ley 21.719 publicado en el Diario Oficial el 13 de diciembre de 2024 (edición 44.023, CVE 2583630).
Contenido informativo. No constituye asesoría legal; para su caso, consulte con un abogado habilitado.
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