¿Qué pasa cuando un titular reclama contra una empresa ante la Agencia?
Respuesta corta
La Agencia revisa la admisibilidad dentro de diez días hábiles y, si acoge el reclamo, notifica a la empresa, que tiene treinta días corridos, prorrogables, para responder con sus antecedentes. Puede abrirse un período de prueba, citarse a audiencia para un acuerdo o allanarse la empresa. La Agencia resuelve fundadamente en un plazo máximo de seis meses.
En concreto:
- Admisibilidad: Diez días hábiles (artículo 41, letra c).
- Respuesta de la empresa: Treinta días corridos, prorrogables (artículo 41, letra d).
- Prueba: Diez días hábiles si hay hechos controvertidos (artículo 41, letra e).
- Duración: Máximo seis meses (artículo 41, letra h).
Un reclamo de tutela puede derivar además en un procedimiento sancionatorio contra la empresa (artículo 42).
Fuentes: Ley 21.719, Biblioteca del Congreso Nacional; texto de la Ley 21.719 publicado en el Diario Oficial el 13 de diciembre de 2024 (edición 44.023, CVE 2583630).
Contenido informativo. No constituye asesoría legal; para su caso, consulte con un abogado habilitado.
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