¿La Ley 21.719 tiene reglamento?
Respuesta corta
Sí, en parte. El Decreto N.º 662 del Ministerio de Hacienda, publicado el 9 de septiembre de 2026, regula los modelos de prevención de infracciones y su certificación. Faltan el reglamento sobre comunicación y cesión de datos entre órganos públicos y anonimización, que se dicta después de la vigencia, y las instrucciones generales de la Agencia.
En concreto:
- Decreto N.º 662: Requisitos, certificación, registro y supervisión del modelo de prevención (artículo 51).
- Reglamento del artículo 26: Cesión entre organismos públicos y con privados, y anonimización; se dicta dentro de seis meses desde la vigencia.
- Instrucciones generales: La Agencia fijará, entre otras, los costos de acceso y portabilidad y los estándares diferenciados (artículos 10 y 14 septies).
- Domicilio de la Agencia: Lo fija un reglamento (artículo 30).
Las instrucciones de la Agencia requieren consulta pública previa y solo obligan desde la entrada en vigencia de la ley (artículo 30 bis).
Fuentes: Ley 21.719 y Decreto N.º 662 del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial el 9 de septiembre de 2026; texto de la Ley 21.719 publicado en el Diario Oficial el 13 de diciembre de 2024 (edición 44.023, CVE 2583630).
Contenido informativo. No constituye asesoría legal; para su caso, consulte con un abogado habilitado.
¿Su empresa está lista para la Ley 21.719? Pida una cotización.
Pedir cotización