¿La Ley 21.719 se aplica a empresas extranjeras?
Respuesta corta
Sí, en varios casos. Se aplica a empresas extranjeras que tratan datos a nombre de un responsable establecido en Chile, a las que ofrecen bienes o servicios a personas que están en Chile, aunque sean gratuitos, y a las que monitorean su comportamiento, por ejemplo con rastreo o perfilamiento. También cuando un contrato o el derecho internacional lo determine.
En concreto:
- Encargados extranjeros: Proveedores que traten datos por cuenta de un responsable chileno (artículo 1 bis, letra b).
- Oferta dirigida a Chile: Bienes o servicios a titulares en Chile, con o sin pago (artículo 1 bis, letra c).
- Monitoreo: Análisis, rastreo, perfilamiento o predicción de comportamiento de personas en Chile (artículo 1 bis, letra c).
- Contacto: Deben fijar un correo u otro medio operativo para titulares y Agencia (artículos 10 y 14).
Una plataforma extranjera sin oficina en Chile puede quedar obligada si su servicio está dirigido a personas que están en el país.
Fuentes: Ley 21.719, Biblioteca del Congreso Nacional; texto de la Ley 21.719 publicado en el Diario Oficial el 13 de diciembre de 2024 (edición 44.023, CVE 2583630).
Contenido informativo. No constituye asesoría legal; para su caso, consulte con un abogado habilitado.
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