¿Hay que inscribir las bases de datos en un registro con la Ley 21.719?
Respuesta corta
No. La Ley 21.719 no crea un registro de bases de datos y ordena eliminar el registro de bancos de datos que llevaba el Registro Civil. El único registro nuevo es el Registro Nacional de Sanciones y Cumplimiento, donde se anotan las sanciones impuestas y los modelos de prevención certificados.
En concreto:
- Registro Civil: Debe eliminar su registro de bancos de datos dentro de los 60 días anteriores a la vigencia (artículo tercero transitorio).
- Registro nuevo: Público y gratuito, administrado por la Agencia (artículo 39).
- Qué se anota: Sanciones, conducta infraccionada y responsables con modelo certificado vigente (artículo 39).
- Lo que sí se exige: Publicar la política y la información del tratamiento (artículo 14 ter).
Aunque no hay inscripción, la empresa debe poder acreditar la licitud de lo que trata (artículo 14, letra a), y en la práctica eso requiere un inventario interno de sus datos.
Fuentes: Ley 21.719, Biblioteca del Congreso Nacional; texto de la Ley 21.719 publicado en el Diario Oficial el 13 de diciembre de 2024 (edición 44.023, CVE 2583630).
Contenido informativo. No constituye asesoría legal; para su caso, consulte con un abogado habilitado.
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